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Servicio

Planes de medidas antifraude

Creamos e implantamos los planes de medidas antifraude que exigen las órdenes HFP/1030/2021 y HFP/55/2023 a toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Dirigido a

  • Administraciones públicas
  • Empresas licitadoras
  • Contratistas y subcontratistas

El problema

Sin plan antifraude, los fondos pueden tener que devolverse

El cumplimiento de los requisitos de acceso a los fondos Next Generation se controla por la administración gestora y por los organismos de control. Su incumplimiento puede obligar a devolver los fondos, con sus intereses y posibles indemnizaciones.

  • Obligación del artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021
  • Compromiso antifraude exigido a contratistas y subcontratistas
  • Auditorías e incidencias en la justificación
  • Conflictos de interés sin procedimiento de gestión

Nuestra solución

Los 7 puntos básicos de un plan

Los planes antifraude son una especialidad del compliance en los delitos relativos a la Administración pública, que Judilex desarrolla desde 2015. Cubrimos los siete elementos esenciales:

Declaración de intenciones

Política anticorrupción y compromiso del órgano de gobierno, con código ético y de conducta.

Solución organizativa

Órgano de garantías que vela por el plan, la formación, la detección y la mejora continua.

Formación y sensibilización

Periódica, por bloques y obligatoria para las personas más expuestas.

DACI

Declaración de ausencia de conflicto de intereses y procedimiento de comunicación y resolución.

Evaluación del riesgo

Mapa de riesgos de cohecho, tráfico de influencias y malversación, con revisión periódica.

Red flags

Señales de alerta definidas y medidas correctoras aplicables.

Buzón de denuncias

Canal conforme a la Directiva (UE) 2019/1937, con garantías para todas las partes.

Vídeo

Webinar ICA Tarragona: qué deben contener los planes de medidas antifraude

Beneficios

Lo que gana su organización.

  • Acceso a los fondos Next Generation con garantías.
  • Menor riesgo de incidencias en auditorías y de reintegro de fondos.
  • Procedimientos claros para el personal gestor.
  • Integración con el sistema interno de información y la política de integridad.

Proceso

Cómo lo hacemos

  1. Diagnóstico

    Análisis de la entidad y de los fondos que gestiona o ejecuta.

  2. Evaluación del riesgo

    Mapa de riesgos y definición de medidas preventivas.

  3. Plan y protocolos

    Redacción del plan, DACI, red flags y canal de denuncias.

  4. Seguimiento

    Autodiagnóstico, revisión del análisis de riesgos y formación periódica.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿No encuentra la respuesta? Escríbanos.

¿Qué son los planes de medidas antifraude y qué norma los regula?

Son una de las principales obligaciones para obtener fondos europeos Next Generation, según la Orden HFP/1030/2021, que configura el sistema de gestión del PRTR. Deben garantizar la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

¿Es obligatorio para las empresas licitadoras?

Sí, cuando intervienen fondos Next Generation. El artículo 6.2 de la Orden obliga a toda entidad decisora o ejecutora, y el modelo de declaración del anexo IV exige a contratistas y subcontratistas comprometerse a adoptar las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

¿Y si mi actividad no está vinculada a fondos Next Generation?

En ese caso el plan de medidas antifraude no es obligatorio, aunque un modelo de compliance penal sigue siendo altamente recomendable.

¿Qué ocurre si no se dispone de plan?

El incumplimiento de los requisitos de acceso puede suponer tener que devolver los fondos y asumir los intereses y posibles indemnizaciones que se deriven.

Servicios relacionados

Sistema interno de información

Gestión e implantación del sistema interno de información (antiguo canal de denuncias) y del procedimiento sancionador, conforme a la Ley 2/2023.

Prevención del blanqueo de capitales

Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo para sujetos obligados: análisis de riesgo, manual, diligencia debida y formación.

Hablemos

¿Hablamos de planes de medidas antifraude?

Cuéntenos qué necesita su organización. Le proponemos un enfoque claro, proporcionado y con la experiencia de quienes conocen los tribunales.